La decisión de la Comisión Europea de hace un mes, en virtud de la cual se impuso una multa a Apple por infringir las disposiciones que prohiben las reglas “anti-steering”[1] del Reglamento de Mercados Digitales (DMA, por sus siglas en inglés), es solo el último paso en una serie de intentos por abrir la el sistema operativo de Apple (iOS) en aras de una supuesta mayor “equidad” y “contestabilidad”.
Hace un año escribí un post invocando a la Comisión no romper el “muro” que Apple había erigido alrededor de su ecosistema. Pero esta decisión nos termina de dejar claro que la Comisión ya no se conforma con regular el ecosistema de Apple: quiere transformarlo definitivamente, quiere en efecto romperlo y convertir este “jardín amurallado”[2] en una especie de bien público. Como expresó la ex comisaria de Competencia Margrethe Vestager: “[un] objetivo de la DMA [es] abrir ecosistemas cerrados para permitir la competencia en todos los niveles”.

Lamentablemente, este resultado podría tener consecuencias negativas para los consumidores. Aunque la transformación que busca la Comisión podría reducir las barreras de entrada para algunos competidores en el corto plazo, también podría socavar la privacidad y seguridad del usuario; debilitar los incentivos para invertir en plataformas, aplicaciones y dispositivos similares; e incluso disuadir a las empresas de ofrecer sus servicios en Europa.
Decisiones recientes contra Apple
En el último año, la Comisión ha adoptado varias decisiones de alto perfil, tanto en virtud del Derecho de la Libre Competencia “tradicional” (en estricto, aplicando el Artículo 102 del Tratado de Formación de la Unión Europea o “TFUE”) como en virtud de la DMA, que restringen la posibilidad de operar plataformas “cerradas” y/o verticalmente integradas, promoviendo un modelo regulatorio que prioriza el acceso de terceros y el trato “igualitario”. Los tribunales europeos también parecen respaldar esta prioridad, como comenté en mi análisis del reciente caso Android Auto.
Quizá ninguna empresa ha sido objeto de una ofensiva regulatoria tan intensa como Apple:
En marzo de 2024, la Comisión multó a Apple con 1.800 millones de euros por presuntamente abusar de su posición dominante en el mercado de distribución de apps de música en streaming para usuarios de iPhone y iPad. La conducta supuestamente abusiva consistió en imponer cláusulas “anti-steering” para impedir que apps como Spotify redirigieran a los usuarios hacia opciones de pago fuera del ecosistema Apple. La Comisión argumentó que estas cláusulas perjudicaban a los consumidores al impedirles tomar decisiones informadas y eficaces sobre dónde y cómo suscribirse a estos servicios.
Como ha explicado Lazar Radic, el caso es, por decir lo menos, cuestionable. No solo la Comisión cambió su teoría del caso tras años de investigación, pasando de una teoría exclusoria a una explotativa cuando no pudo probar daños anticompetitivos; sino que, incluso bajo esta última teoría, nunca se pudo demostrar que los consumidores estuvieron impedidos de contratar servicios de streaming de música por fuera del sistema operativo de Apple. (De hecho, eso es lo que ha hecho Spotify siempre para evitar pagar comisiones a Apple, nos obliga a pagar la subscripción fuera del ecosistema Apple; lo cual no impide luego disfrutar del servicio en un iPad o un iPhone).
En julio de 2024, la Comisión aceptó los compromisos de Apple para abrir el acceso a su tecnología de “comunicación de campo cercano” (“near field commmunication” o “NFC”), que permite el funcionamiento del servicio “Apple Pay”. Tras una investigación preliminar, la Comisión concluyó que Apple abusó de su posición dominante al reservarse el acceso a la tecnología NFC en iOS, negándosela a desarrolladores rivales de billeteras digitales. Esto constituiría una infracción del artículo 102 del TFUE.
Más recientemente, la Comisión adoptó dos decisiones en el marco de los “procedimientos de especificación” de la DMA, estableciendo “las medidas que Apple debe tomar para cumplir con ciertos aspectos de su obligación de interoperabilidad”.
La primera decisión se refiere a la interoperabilidad de dispositivos de terceros como relojes inteligentes, audífonos y televisores. La Comisión exige que Apple proporcione a estos dispositivos acceso mejorado a funciones del iPhone (como notificaciones o tecnologías de conexión como Bluetooth y Wi-Fi). En otras palabras, la Comisión quiere que unos audífonos “JBL” o “Bose” funcionen igual de bien con iPhones que los “AirPods” de la propia Apple. Aunque esto podría parecer beneficioso para el consumidor en el corto plazo, también socava la capacidad de Apple para diferenciar sus productos y afecta negativamente los incentivos para el desarrollo de nuevos dispositivos.
La segunda decisión busca mejorar la “transparencia y eficacia del proceso que Apple diseñó para desarrolladores que deseen interoperar con funciones del iPhone y iPad”. Como parte de esta decisión, Apple deberá “poner a disposición de todos los desarrolladores, al mismo tiempo, todas las soluciones de interoperabilidad desarrolladas a partir de solicitudes individuales”. Además, “todas las soluciones de interoperabilidad desarrolladas por Apple deberán ser igual de eficaces que aquellas que Apple utiliza para sus propios servicios y hardware”.
Y más recientemente, el 22 de abril, la Comisión impuso a Apple una multa de 500 millones de euros por infringir nuevamente las normas que prohiben el anti-steering de la DMA. Según la decisión, “los desarrolladores de apps no pueden beneficiarse plenamente de los canales de distribución alternativos fuera de la App Store”. Las similitudes con el caso de apps de música son evidentes, lo que plantea válidas preocupaciones sobre una posible infracción al principio ne bis in idem, dada la superposición entre la DMA y la normativa de competencia.
Analizadas en conjunto, estas cinco decisiones/casos revelan una estrategia coherente y cada vez más agresiva para desmantelar el “jardín amurallado” de Apple a favor de un ecosistema más abierto. Pero, como se explica a continuación, una mayor apertura no siempre beneficia a los consumidores. Esta “cruzada regulatoria” de la Comisión podría hacer más daño que bien.
Los “jardines amurallados” pueden ser deseables
Contrario a lo que se suele pensar, un “jardín amurallado” puede beneficiar a los consumidores.
Las intervenciones regulatorias para abrir estos ecosistemas pueden reducir barreras de entrada y beneficiar a ciertos competidores (como Spotify o Epic, que podrán ahora “bypassear” el sistema de pagos de Apple). Los consumidores, por su parte, podrían ver beneficios inmediatos como un mayor acceso a la tecnología NFC con otras apps (podrá pagar de manera inalámbrica con más aplicacioens) y mejor compatibilidad de sus dispositivos.
Pero esos beneficios tienen un costo. La interoperabilidad forzada es un arma de doble filo. Como reconoce la propia Comisión, debe implementarse sin comprometer la seguridad y respetando la privacidad. Pero del dicho al hecho hay mucho trecho. Obligar a que sistemas cerrados interactúen con terceros puede generar fallos técnicos o vulnerabilidades.
La privacidad también podría verse afectada por la cada vez mayor interoperabilidad impuesta por la Comisión. La conexión entre servicios requiere intercambio de datos del usuario (identidad, contactos, o, por lo menos, metadatos). El artículo 7(8) de la DMA exige limitar el intercambio de datos a los “estrictamente necesarios” de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos Personales (conocido como “GDPR” por sus siglas en inglés).
Pero incluso los metadatos (quién contacta a quién y cuándo) pueden generar vulnerabilidades. Si una app con menor seguridad accede a ellos, podría ser blanco de ataques. Así, la interoperabilidad podría convertirse en una vía de acceso a información personal.
Las decisiones de la Comisión también afectan el modelo de negocio de Apple. Le restan recursos e incentivos para mantener su ecosistema: desde la revisión de apps hasta herramientas para desarrolladores. No sorprende que Apple argumente que su control sobre los pagos garantiza calidad y seguridad. Creo que es algo que los consumidores valoramos. Y aunque los los reguladores europeos minimizan estas preocupaciones, en EE. UU., la jueza Yvonne Gonzalez Rogers de la Corte Distrital del Norte de California reconoció que los consumidores valoran la privacidad y seguridad del ecosistema “cerrado”[3] de Apple.
También hay riesgos de eficiencia: el mayor acceso de aplicaciones de terceros (que quieren el mismo trato que las aplicaciones nativas que, recordemos, suelen mostrarse de manera más vistosa) a notificaciones o ejecución en segundo plano podría afectar la memoria y batería de los dispositivos.
La prohibición de las cláusulas anti-steering también debilita la posibilidad de Apple de monetizar su plataforma. Si muchos usuarios evitan las tarifas de la App Store, Apple buscará otras formas de ingreso (diferentes tipos de fees, menor inversión, precios más altos de los aparatos o más servicios propios que requieran subscripciones pagadas).
En el extremo, si proliferan las tiendas de apps alternativas y los pagos externos, la App Store podría dejar de ser el mercado centralizado y confiable que hoy constituye para el sistema operativo iOS. En ese escenario, Apple podría reducir su inversión en herramientas como ARKit o Swift, o incluso su proceso de revisión de apps, afectando la calidad en perjuicio de los consumidores.
Un ecosistema con menos ingresos podría recortar gastos o buscar ingresos de forma más agresiva (como aumentar anuncios o apps preinstaladas). Nada de esto beneficia a los usuarios.
Conclusión
En suma, el afán de la Comisión Europea por imponer mayor “apertura” e “interoperabilidad” al ecosistema Apple no está exento de consecuencias. Aunque podría facilitar la entrada de algunos competidores, también podría poner en riesgo la privacidad, seguridad, incentivos de inversión y la oferta de servicios en Europa.
El ecosistema Apple, basado en una integración estrecha que privilegia atributos no monetarios como la privacidad y seguridad, puede no ser ideal para todos; pero ha demostrado ser valioso para millones. Forzar a Apple a “abrir” su sistema podría eliminar esa opción del mercado. En nombre de promover la competencia, se va a eliminar un tipo de competencia importante, entre dos modelos de negocio: el de Apple (relativamente cerrado) versus el de Google Android (mucho más abierto).
Más que seguir desmontando su “jardín amurallado”, Europa necesita una reflexión política y un riguroso análisis costo-beneficio —como el que propone el Informe Draghi, pero centrado en la DMA— para evaluar si la norma está realmente beneficiando a los consumidores y a la economía europea.
* Este post es una traducción (con algunas breves adiciones) del artículo publicado en el blog “Truth on the Market” el 6 de mayo de 2025, disponible aquí: https://truthonthemarket.com/2025/05/06/the-eu-is-determined-to-tear-down-apples-walled-garden/
[1] Una disposición “anti-steering” o “anti-direccionamiento” es una según la cual el titular de una red o plataforma prohíbe a sus usuarios direccionar a los consumidores para que compren fuera de su ecosistema. Apple, por ejemplo, prohíbe normalmente a los titulares de aplicaciones que éstas contengan avisos o links que permitan a los usuarios finales comprar suscripciones u otros activos digitales (por ejemplo, niveles o vidas en un juego) fuera de iOS, ya que así no podría cobrar la comisión que cobra cuando las compras se hacen en el sistema. Android de Google tiene reglas similares, y otras plataformas, como las tarjetas de crédito también las suelen usar. Para entender la lógica de este tipo de restricciones, puede leerse la Sentencia de la Corte Suprema estadounidense en el caso Ohio V. American Express, disponible aquí: https://www.supremecourt.gov/opinions/17pdf/16-1454_5h26.pdf. Cabe notar que este tipo de reglas viene siendo cuestionado en Europa y en los Estados Unidos tanto por regulaciones como la DMA como en casos de libre competencia.
[2] Un “jardín amurallado” (o “walled garden”) se define generalmente como una plataforma donde el propietario ofrece soluciones técnicas integradas controlando o curando el acceso. Para más detalle, ver: Competition and Markets Authority, Online platforms and digital advertising market study, p. 155, nota al pie 225, disponible aquí: https://www.gov.uk/cma-cases/online-platforms-and-digital-advertising-market-study#final-report
[3] Cabe precisar que Apple no es un sistema totalmente cerrado, aunque sí trata de mantener un control estricto de su ecosistema. Como detallo en este post, inicialmente Steve Jobs sí pretendía tener un sistema realmente cerrado (el primer iPhone no tenía un AppStore, todas las aplicaciones eran nativas), pero luego retrocedió al darse cuenta que las aplicaciones otorgarían mayor valor a la plataforma, lo que a su vez aumenta el número de usuarios.